"Escribir sale del alma, los otros medios son aparatos, son máquinas"

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lunes, 12 de mayo de 2014

Quemar la bandera / Columna

De medios y otros demonios

Quemar la bandera

J. Israel Martínez Macedo

Nueve personas fueron detenidas en Oaxaca, el 1 de mayo, por quemar la bandera nacional durante una manifestación. La ONG Article 19 emitió un pronunciamiento en el que, a su juicio, este hecho no debe ser considerado un delito al tratarse de un ejercicio de libertad de expresión.
El pronunciamiento de la ONG se fundamenta en jurisprudencia internacional sobre casos promovidos y resueltos en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pero ignora (aparentemente de manera intencional) disposiciones básicas del derecho mexicano proponiendo, incluso, argumentos falaces.
Por ejemplo: “El derecho a la libertad de expresión protege actos que pueden ofender o perturbar a las personas y las instituciones. La quema de una bandera nacional, como un acto de protesta y de expresión del desacuerdo, está protegido por la Constitución y los estándares internacionales en la materia, aun cuando pueda consternar a parte de la población o a las autoridades involucradas. Sancionar penalmente estos actos es inconstitucional, viola derechos humanos y silencia la crítica política, necesaria para toda sociedad democrática”.
El argumento falaz aquí consiste en hacer creer que la Constitución mexicana protege la quema de la bandera como forma de expresión pese a que no hay un solo artículo constitucional que lo indique o al menos lo sugiera.
Por el contrario, la propia Constitución señala en el artículo 6o: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; (…)”.
Contrario a lo que plantea Article 19, la quema de la bandera nacional constituye un delito (en el caso citado: “ultraje a las insignias nacionales”), una falta a la moral y una perturbación del orden público; lo que consecuentemente muestra una extralimitación de la libre expresión.
Este tipo de discursos retóricos son advertidos por Michelangelo Bovero en su texto “¿Cuál libertad?” en el que se explica claramente la naturaleza, tipos y alcances de la libertad; sus orígenes y desarrollo en la democracia, así como los peligros a los que se enfrenta (entre ellos, este tipo de discursos falaces que categorizan la libertad como una “licitud sin reglas”).
Es tan peligroso, para la libertad y la democracia, el impedir la expresión de una idea que promueva sus valores; como el permitir que se propague y difunda otra que atente contra ellos. Article 19 se equivoca, en esta ocasión, en la defensa de un acto que lejos de promover la democracia la lacera a través de una agresión (que no una crítica) a la nación.

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J. Israel Martínez Macedo

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Documental El Tunel (Completo)

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