"Escribir sale del alma, los otros medios son aparatos, son máquinas"

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Gabriel García Márquez

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lunes, 7 de enero de 2013

Tasados en 70 mil pesos / Columna

De medios y otros demonios

Tasados en 70 mil pesos

J. Israel Martínez Macedo

El pasado 4 de enero se conmemoró en México el Día del Periodista. Momento que abrió espacio a las felicitaciones a los reporteros, no sólo de sus propios colegas y conocidos, sino también de los políticos que no podían dejar pasar la oportunidad de intentar ganarse las simpatías de quienes escriben o comentan sobre ellos todos los días.
Previo al periodo vacacional el gobierno mexiquense envió a la Legislatura una iniciativa para crear la “Ley para la Protección Integral del Ejercicio Periodístico del Estado de México” de la que, en su momento, se habló respecto al alcance y clasificación que hace de la actividad periodística.
Poco o nada se mencionó en los espacios que abordaron el tema respecto a una situación que la ley estatal denominó “Cláusula de Conciencia” y que se resume en el derecho de “periodistas y colaboradores periodísticos” a renunciar al medio en el que se encuentran laborando si este decide cambiar su línea editorial, orientación informativa o línea ideológica… algo que, evidentemente, no había ocurrido nunca.
En algunas partes la iniciativa parece una burla. El capítulo IV titulado “Del Libre y Preferente Acceso a las Fuentes de Información” no es más que un listado de situaciones que, de hecho, ya ocurren en la práctica periodística. Se presenta como una forma de acceder más fácil a la información pública de las autoridades públicas que sea de relevancia, sí: pública; pero nunca concreta un solo trato “preferente” a los reporteros e incluso legaliza que los empresarios o autoridades, si así lo consideran procedente, no permitan acceso a prensa.
La sección “De los Derechos de Autor y de Firma”, que dedica cinco artículos a su redacción, la podemos resumir en un par de líneas: remítase a las leyes Federales de Derechos de Autor y del Trabajo para cualquier situación por atender en la materia. Gracias.
Respecto al “Derecho a la Seguridad” el gobierno del estado determinó que, en caso de “amenazas o presunto riesgo” se puede solicitar la protección del Estado para el periodista y su familia y las autoridades se verán obligadas a atender de forma inmediata esta situación.
Claro, que si el periodista es asesinado por el ejercicio de su profesión, el gobierno del estado tasó su valor en mil 200 salarios mínimos (equivalentes en la zona de Toluca a 73 mil 656 pesos) que serán entregados al familiar que acredite “mejor derecho” en un plazo máximo de 30 días naturales. El valor de un periodista para el gobierno mexiquense.
Acerca “De la Capacitación”; bueno, la Secretaría del Trabajo puede firmar acuerdos con las empresas periodísticas para ese efecto y, “De las Sanciones” se reitera que no se les puede citar a declara para revelar fuentes, que todo servidor público que contravenga estas disposiciones será sancionado… ¡ah!, casi pasa desapercibido “Los periodistas y colaboradores periodísticos solo revelarán la identidad de la fuente de información cuando así lo permitan las disposiciones legales correspondientes”. O lo que es lo mismo, tanto para nada. Eso sí, se aplaudió y reconoció una iniciativa que… bueno, así es.

Twitter: @Mega_J_Israel_M
israel.martinez@milenio.com

lunes, 17 de diciembre de 2012

Una ley "chiquita" / Columna

De medios y otros demonios

Una ley “chiquita”

J. Israel Martínez Macedo

El miércoles de la semana pasada el gobernador Eruviel Ávila anunció que presentaría una iniciativa de Ley de Protección Integral del Ejercicio Periodístico; la noche previa, en la cena de fin de año con algunos reporteros (por primera vez en varias administraciones se hizo una “selección” de invitados) había advertido que se presentaría una ley de protección a periodistas. Diferencia que parece mínima pero no lo es.
Una ley de protección de periodistas pretende brindar seguridad a quienes ejercen la profesión, una ley de “protección integral del ejercicio periodístico”, como su nombre lo dice, busca cuidar la actividad y le arroga al Estado la responsabilidad de una actividad de la sociedad.
La iniciativa de ley que propuso el Ejecutivo mexiquense cuenta con varias fallas que, en caso de aprobarse tal cual en la Legislatura, dejará en la indefensión a muchas personas.
La iniciativa hace una diferencia entre “periodista” y “colaborador periodístico”. Define al primero como: “Toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información su actividad principal, entendida como la actividad de buscar y difundir información a la sociedad, de manera permanente y en forma remunerada; la labor del periodista está asociada a la investigación de noticias o problemáticas de interés público y de actualidad a través de diversas fuentes confiables para su difusión”.
Para la ley un “colaborador periodístico” debe ser entendido como: “Toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información su actividad complementaria, entendida como la de buscar y difundir información a la sociedad, ya sea de manera esporádica o regular, cuya actividad la realiza por encargo expreso del medio de comunicación”.
Es decir que los repartidores, voceadores, publicistas, directivos, administradores y cualquier otra persona que trabaje en un periódico o medio de comunicación no están bajo la protección de esta ley porque no los contempla. Si consideramos que una buena parte de las agresiones a medios las sufren quienes se dedican a estas tareas, podemos decir que: de entrada, la ley ya se quedó muy corta de alcance.
No solo eso, la ley le reconoce “derechos específicos inherentes a la naturaleza de la actividad de los periodistas”: el secreto profesional, la cláusula de conciencia, el libre y preferente acceso a las fuentes informativas y los derechos de autor y de firma. El solo hecho de la distinción previa hace que la ley no reconozca estos derechos a los “colaboradores periodísticos” y básicamente, a ningún ciudadano.
La ley restringe y limita la actividad periodística solo al trabajo de reportero y nada más, la distinción deja sin efecto la obligatoriedad del Estado a garantizar seguridad a los “colaboradores periodísticos” y ni qué decir de voceadores, repartidores, publicistas, directivos, administradores y ciudadanos que, de plano, quedaron fuera de los alcances de esta ley. Para pensar en grande, es una iniciativa de ley muy chiquita.

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israel.martinez@milenio.com

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"Silencio Forzado" Documental de Article 19 sobre la situación del periodismo en México

Documental El Tunel (Completo)

PRESUNTO CULPABLE (completa)